El efecto bumerán
de la microlofoscopia
Los expertos atribuyen a las huellas e impresiones papilares, una
de certeza del 100%. ¿Es esto cierto?
En el estudio de Microlofoscopia, se plantea el teorema de la
originalidad de las crestas papilares, como base científica de las
diferencias entre las huellas e impresiones dactilares de origen
biológico contra las reproducciones artificiales, en complemento con su
unicidad y permanencia.
Sobre la Microlofoscopia ya se conoce su fundamento científico, ahora es
necesario conocer sus argumentos jurídicos aplicando el principio de la
justicia procesal (fairness) expresado por la Corte Suprema de los
Estados Unidos, ante la necesidad de que la defensa tenga oportunidad de
producir evidencias a su favor (1).
“Los expertos atribuyen a las huellas e impresiones papilares, una de
certeza del 100% sin margen de error.”
Está científicamente demostrado, que las huellas dactilares pueden ser
reproducidas por cualquier sistema de impresión, y que solo se puede
verificar su autenticidad por medio del mejorado nivel III
microlofoscópico, para verificar su originalidad.
Esto quiere decir que toda huella e impresión papilar aislada, es
altamente probable de que sea una reproducción mecánica (artificial),
dejando la duda razonable de que la huella analizada no es original. “No
se puede hablar de certeza, cuando un hecho es altamente probable de que
ocurra.”
La prueba tiene por fin llevar al conocimiento del juez, más allá de
duda razonable, los hechos y circunstancia materia del juicio y los de
la responsabilidad penal del acusado como coautor o participe. La
evidencia dactilar en el juicio era irrebatible, por su fuerza
probatoria de una certeza del 100%; pero el error humano a ocasionado
equivocaciones judiciales irreparables, evidenciado un empírico análisis
que ha deteriorado su imagen, al punto de ser llamada seudo-ciencia.
Toda huella o impresión dactilar aislada, de la escena del crimen o del
elemento material probatorio o evidencia física, sino es original,
pierde su valor probatorio, ya que su esencia jurídica es demostrar que
“la huella dactilar o impresión latente que se está examinando fue hecha
por una persona con exclusión de todas las demás personas posibles (2)”
o “la impresión dactilar que se investiga se identifica como procedente
de la misma persona que la impresión de comparación (3)”, el análisis
nivel I y II confirma la exclusión de todas las demás personas posibles
o que se identifica como procedente de la misma persona; el Nivel III
permite confirmar la originalidad de las crestas papilares y establecer
científicamente que fue hecha por una persona o que es procedente de la
misma persona y no incurrir en una falacia científica de un FALSO
POSITIVO, por tratarse de una huella artificial, jamás plasmada por la
persona involucrada, siendo una prueba exculpatoria o evidencia
relevante a su inocencia.
No se puede afirmar que la huella o impresión dactilar aislada “fue
hecha por una persona” o “procedente de la misma persona” sin haber
corroborado la originalidad de las crestas papilares.
Si el especialista no manifiesta en las conclusiones, que la huella
dactilar es original, la Defensa puede controvertir “cross examination”,
que la huella dactilar analizada es una reproducción artificial,
sembrando la duda razonable de su originalidad y dejando sin valor
probatorio la evidencia dactilar “inadmisibilidad” para demostrar la
inocencia por insuficiencia de la prueba y victimización innecesaria del
ofendido. Por consiguiente todo estudio lofoscópico debe constar de un
doble análisis; el 50% lo aporta el macroscópico Nivel I y II para
establecer Unicidad; y el otro 50% el análisis Nivel III
microlofoscópico para la originalidad. Solo así se puede hablar de 100%
de certeza.
Se puede presentar oposición por parte de los expertos, para desconocer
la originalidad de las crestas papilares como un axioma de la
dactiloscopia, pero cometen un grave error de interpretación, ya que
esta teoría es complemento científico de la unicidad, fortalecido por su
valor probatorio de singularidad biológica.
La originalidad demuestra científicamente las incidencias mecánicas y
químicas de las reproducciones artificiales contrarias a las de origen
biológico, en concordancia a lo expuesto por David Ashbough (4) que
dice:
“La singularidad biológica existe o no existe, la diferenciación
biológica como una incidencia natural y coherente, la singularidad, no
puede ser parcial a veces y a veces no parcial, cualquier parte de una
huella dactilar por grande o pequeña que sea, solo tiene un origen (5)”.
El negar la originalidad como un principio es
desconocer las micro características biológicas diferenciadoras de las
impresiones dactilares originales de las reproducciones artificiales, es
admitir que no son diferentes y es atribuirles el mismo valor de prueba,
que favorece el argumento probatorio a la Defensa, siendo un efecto
bumerán, donde la teoría de la originalidad es empleada por la Defensa
para producir un cataclismo en la dactiloscopia. A si de importante como
establecer unicidad es la originalidad, ya que disipa toda duda
razonable de ser una impresión artificial y permite frente a una
negativa de su autoría, reafirmar su naturaleza biológica original.
La comunidad científica internacional de huellas dactilares liderada por
la INTERPOL, grupo AFIS, idearon el método integrador que sintetiza el
método científico y los niveles I, II y III para idealizar el análisis
dactiloscópico con carácter científico. Es necesario a este análisis
realizar el estudio Microlofoscópico para establecer la originalidad de
las crestas papilares para alcanzar el 100% de certeza sin dudas
razonables. “El principio de la originalidad y las diferencias pre y
post mortem de las huellas dactilares” fue presentado ante los 187
países miembros que conforman la INTERPOL, en su quinto simposio
internacional de huellas dactilares, como conferencista en Lyon Francia
04-06 junio 2008, registrado internacionalmente bajo los derechos de
autor como MICROLOFOSCOPIA.
Referencias:
(1) GUERRERO PERALTA Oscar Julián, Fundamentos teórico
constitucionales del nuevo proceso penal, Ediciones Jurídicas Gustavo
Ibáñez, 2005, p. 282.
(2) Documento GTEIIHD INTERPOL Generalidades numeral 1 Pág. 13.
(3) Documento GTEIIHD INTERPOL, Detalles sobre métodos y
procedimientos, numeral 11, conclusiones, Pág. 22.
(4) Policía montada del Canadá.
(5) Documento GTEIIHD INTERPOL, numeral 7, Pág. 26.
(N.A.: Agradecimiento, a la más grande organización policial del mundo
INTERPOL, a su Grupo AFIS por apoyar esta investigación
y reconocer su carácter científico, publicada en la página oficial,
www.interpol.int
en los idiomas Ingles y español.
http://www.interpol.int/Public/Forensic/fingerprints/default.asp
Research work: Microlofoscopia )
El autor de este trabajo, Samuel Alfonso Delgado Caballero, es
Funcionario de Policía Judicial de Colombia, experto en lofoscopia.
Gracias Samuel!
Este artículo fue publicado en
http://www.forodeseguridad.com/artic/discipl/4158.htm